Llegan las navidades y con ellas los regalos, las cenas familiares y los villancicos. Entre los típicos regalos absurdos o no deseados, es más que común recibir el sagrado sobre de aguinaldo, normalmente proveniente de los abuelos.

Muchas veces se han hecho bromas al respecto de estos parientes, que llegan a darnos los sobres como si de una acción ilegal se tratara, para que nadie de la familia se entere.

Cuidado con el dinero estas navidades

Y ahora esta actitud se acerca más que nunca a la realidad, ya que este tipo de transacciones en efectivo están en el punto de mira de Hacienda, aunque es inusual la sanción o el reclamo de estas cantidades.

En los últimos años, la institución lucha por acabar con la gran economía sumergida del país y este pasado verano se endurecieron las medidas para frenar el blanqueo de capitales.

A ojos de la ley, estos sobres de dinero provenientes de abuelas y otros familiares se consideran una "donación", recogida en el Código Civil como  "un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta".

Los aguinaldos, enemigos de Hacienda

Al igual que el resto de operaciones en efectivo y a nivel legal, cualquier movimiento así debe declararse, porque aún no hay una cantidad mínima para ello, por lo que todas estas "donaciones" deberían pasar por delante de la Agencia Tributaria como parte del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Dinero

Imagen de archivo / Pixabay

Esto quiere decir que Hacienda puede reclamar el pago del impuesto hasta en un plazo de cuatro años, por lo que cuando recibamos el aguinaldo tendremos un mes para rendirle cuentas al ministerio.

Sin embargo, y por suerte, como se trata de una práctica muy popular en España y de cantidades muy pequeñas, no es usual que nos exijan la declaración de este dinero. Es por eso que conviene saber en qué categoría se enmarcan los benditos sobres de nuestra abuela que, al ser donaciones, pueden estar bajo la mirada de la Agencia Tributaria ante cualquier movimiento sospechoso.

La lucha contra el blanqueo de capitales

Aparte de esto, es importante saber qué otros mecanismos tiene Hacienda para controlar los movimientos en efectivo, vigentes desde este verano.

Entre los más típicos se encuentran los pagos en efectivo de 1.000 euros o más, que ya no se pueden hacer, sino que se deben transferir a través de un sistema que permita registrar el movimiento.

Igualmente, el pago con billetes de 500 euros hace años que se restringe, pero ahora la institución lo puede investigar directamente como transacción sospechosa.

Y los más curiosos se han convertido en contradicciones: en España hay un límite de efectivo que se puede llevar encima, 100.000 euros según la Ley 10/2010, del 28 de abril; sin embargo, no hay un tope para la cantidad que podemos tener en casa. Siempre que se pueda acreditar la procedencia, podremos tener los ahorros de toda nuestra vida bajo el colchón.