No todos los nombres son legales. De hecho, hay una lista de nombres que están prohibidos y no se pueden poner a los hijos e hijas que acaban de nacer. Esto ha quedado aclarado después de que una jueza de Vitoria (Álava, País Vasco) rechazara aceptar el nombre que unos padres querían poner a su bebé. Concretamente, habían escogido Hazia, que significa semilla en vasco, y hacían referencia a que "ellos ponen la semilla desde el amor a sus hijos". La magistrada se ha negado a aceptarlo para nombrarla porque hay otras aceptaciones con esta palabra. Esta puede utilizarse para decir esperma o crianza. Pero más allá de este hecho anecdótico, para ejemplarizar los nombres prohibidos, no existe una lista exacta con el registro legal del nombre de nuestro hijo o hija. Lo que sí que hay son unos límites que los padres hdeberán respetar a la hora de inscribir a los bebés. Sin embargo, el abanico se ha abierto en los últimos años, dado que antes sólo podían ser nombres cristianos, pero ahora la administración es más tolerante.

El nombre está prohibido si va en contra de la dignidad del niño o niña

Pese a la tolerancia implícita de los últimos años, que permite nombres comunes, abstractos, mitológicos, legendarios o artísticos (incluso de lugares geográficos), los padres y madres deben conocer los límites de la ley para poner el alias que llevarán, muy probablemente, toda su vida. Así, pues, no podrán inscribirlos con cualquier palabra que vaya en contra de su dignidad u otras razones, como que sean ofensivos, ridículos o que combinados con el apellido sean las dos cosas. Por ello, la famosa combinación española Dolores Fuertes de Barriga sería un caso a evitar. También el de la pequeña de Vitoria, que a pesar de la buena intención de los padres de ponerle semilla, en formato amoroso, podría ser nombrada como esperma.

Profundizando a la lista, los que están totalmente prohibidos son los de famosos o figuras históricas que, por su vida, tienen un componente, como mínimo, negativo. Es decir, no están permitidos nombres como Stalin, Hitler, Lucifer u Osama Bin Laden. Tampoco Leo Messi o Rocío Jurado. Respecto de la legalidad española, como máximo serán dos palabras las que se puedan inscribir antes de los apellidos y no podrán ponerse los mismos nombres a los hijos que tengan los padres, si la combinación de apellidos coincide exactamente con uno de los progenitores. La excepción es que podrá registrarse, en este caso, siempre que el padre o madre con lo que compartiría toda la lista de nombres y apellidos haya muerto.

Después de estas aclaraciones, queda conocer el artículo 54 de la ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil, publicada y vigente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En esta, se permite ser creativo siempre que no se ponga en peligro la dignidad de la persona o pueda ser ofensivo para esta. Así que si tenéis pensado nombrar Tonto a uno de tus hijos, eso no está permitido. Por último, hay que recordar que los hermanos, según la normativa española no pueden llamarse igual. Con este manual, y la tolerancia actual para poner un nombre a un bebé, el abanico de posibilidades es muy amplio. Se tiene que ser creativo con cabeza para encontrar la palabra que identificará a vuestro hijo o hija durante toda su vida (o como mínimo hasta tener la edad legal para cambiárselo).