Este martes, la jueza a cargo del caso de las niñas de Tenerife, decretaba el archivo provisional del caso hasta la poco probable aparición de Tomás Gimeno, confirmado como asesino parricida de sus hijas, Anna, de un año, y Olivia, de seis, por las investigaciones de la Guardia Civil. Con todas las pruebas analizadas hasta la saciedad, solo quedan incógnitas en la legalidad, como qué pasará si Gimeno no aparece, o incluso qué pasaría si apareciese y el Código Penal ya no lo pudiese condenar por el doble asesinato.

Qué dice el Código Penal sobre el caso de las niñas de Tenerife

En primer lugar, hay que tener clara la diferencia entre homicidio y asesinato: en este caso, se habla de asesinato, ya que Tomás Gimeno había planeado y premeditado el crimen, que era solamente una herramienta de violencia vicaria cuya víctima final era la madre de las niñas y exmujer, Beatriz Zimmermann. Para hablar de homicidio tendría que haberse tratado de una acción más espontánea, o incluso accidental.

El caso de Anna y Olivia ha quedado archivado porque ya no hay más pruebas que investigar / Archivo

El Código Penal en vigor desde 1995 contemplaría en el caso de las niñas de Tenerife un asesinato con agravante de parentesco o parricidio, que acumularía penas de entre veinte y treinta y cinco años por el doble asesinato de sus hijas con premeditación. También se considera parricidio matar a la pareja, a los hermanos o a los padres. Sin embargo, ningún caso dura para siempre y una vez en manos de un juez empieza la cuenta atrás.

Archivada de forma provisional la causa contra Tomás Gimeno

Porque, en un momento dado, llega la prescripción del delito, que varía en función de la gravedad del crimen y de la condena. Temido por las familias de casos sin resolver como el de Marta del Castillo, Esther López o Marta Calvo, se habla también de archivar el caso, que puede darse de diferentes formas y en varias circunstancias. En el caso de las niñas de Tenerife, la jueza María de los Ángeles Zabala, ha decidido en un documento judicial -un auto- el "sobreseimiento provisional de la causa" hasta la aparición del presunto asesino.

La decisión viene tomada tras investigar todas las pruebas, que se estancaban después de la autopsia de Olivia, la hija mayor y única de las dos de la que se pudo recuperar el cuerpo el pasado junio, que confirmó que Tomás Gimeno la había estrangulado mortalmente -igual que a Anna, se sospecha- antes de tirarla al mar atada al ancla del barco en el que se las llevó y del que él mismo desapareció también. Aunque aún está vigente una orden internacional de búsqueda por la Interpol, se considera casi imposible que aparezca.

Si no aparece, podrá prescribir el crimen y librarse de la cárcel

En caso de estar muerto, tal y como se sospecha, al no haber cuerpo habrá que esperar hasta dentro diez años para poder darlo por muerto de forma oficial. Y, en caso contrario, en la poco probable posibilidad de que estuviese vivo y escondido en otro país, podría esperar hasta dentro de veinte años para volver a España y no tener que afrontar responsabilidades penales. Esto se debe a que, tras veinte años, en casos de crímenes con penas tan altas, se considera como prescrito, por lo que se daría carpetazo definitivo al caso.

Tomás Gimeno podría volver a España en veinte años, con el delito prescrito, y se libraría de la cárcel / Archivo

De momento se trata de un archivo provisional a espera de nuevas pruebas o la aparición de Gimeno porque se considera que la investigación ha hecho todo lo posible con el material que se tenía. En casos como el de las niñas de Alcàsser o Marta del Castillo, las diferentes partes que participan en el juicio han ido aportando nuevas pruebas o pidiendo nuevos análisis con la intención de evitar de nuevo el cierre del caso. Ahora tendrá que ser el Ministerio Fiscal o alguna de las acusaciones quienes puedan solicitar la reapertura del caso.