El auto judicial del juicio rápido contra el hombre de 43 años, de nacionalidad marroquí, que los Mossos d'Esquadra detuvieron la semana pasada en Corbera de Llobregat acusado de maltratar a su mujer y de tenerla encerrada en casa, aporta nuevos detalles escabrosos de un caso muy duro. El hombre, a pesar de ser condenado a más de un año de prisión —catorce meses y dos días—, la jueza ha acordado dejarlo en libertad y no hacer cumplir la condena, suspendiéndola con la condición de que no vuelva a cometer ningún delito y que no se acerque a menos de 1.000 metros de la víctima. Además, la jueza Paula Pérez Cascant también ha ordenado al hombre que haga un "programa formativo sobre igualdad y trato no discriminatorio".
La sentencia considera probado que el acusado, B. E. M. S., se casó con la víctima en julio de 2024 en Marruecos y que desde junio de 2025 convivían en Corbera de Llobregat, donde se produjeron cuatro meses de violencia continuada. A pesar de no tener antecedentes, el hombre ejerció un control absoluto sobre la mujer y la sometió a agresiones físicas y psicológicas constantes. Le impedía salir de casa, mantenía el domicilio con las persianas bajadas e incluso le prohibía ir al médico. Durante este tiempo, la agredió de manera reiterada: la golpeaba con las manos y con un cinturón, le recriminaba la manera de cocinar y la insultaba con expresiones vejatorias como “eres una mierda, hija de puta, cochina”, según ha podido saber ElCaso.com.
Casados en Marruecos y violencia desde el primer día
Las agresiones comenzaron la primera semana de convivencia, cuando el hombre le dio golpes en la cabeza y por todo el cuerpo, provocándole hematomas. Durante el primer mes, estos ataques se repetían como mínimo una vez por semana, especialmente cuando él volvía enfadado del trabajo. La sentencia recoge episodios concretos de violencia, como el del 23 de julio de 2025, cuando la golpeó en la cabeza y en el glúteo y la inmovilizó por las manos; o el del 13 de noviembre, cuando la agarró fuertemente por el costado, dejándole marcas visibles. Las lesiones acreditadas requirieron una primera asistencia médica y siete días de perjuicio básico.
El juzgado ha condenado al hombre por un delito de maltrato habitual y por un delito de coacciones en el ámbito de la violencia de género. Por las agresiones continuadas, se le impone una pena de 14 meses y 2 días de prisión, la inhabilitación para sufragio pasivo, 32 meses y 2 días de prohibición de tenencia y uso de armas, así como una orden de alejamiento de 1.000 metros y prohibición de comunicación con la víctima durante 22 meses y 2 días. Por el delito de coacciones, deberá cumplir 44 días de trabajos en beneficio de la comunidad, sumándole 16 meses y 2 días sin armas, una nueva orden de alejamiento del mismo perímetro y la prohibición de comunicación durante 2 meses. Pese a la gravedad de los hechos, la pena de prisión queda suspendida durante dos años, condicionada a que el acusado no vuelva a delinquir, respete estrictamente la orden de alejamiento, participe en un programa formativo de igualdad y no discriminación y comunique cualquier cambio de domicilio, además de comparecer siempre que sea requerido por el juzgado.
