Conducir con precaución no solo sirve para evitar ser sancionado. Según el Código de Circulación vigente en España la atención y la libertad de movimientos son también esenciales, por lo que si consideran que no se está en perfectas condiciones en estos ámbitos al volante, también podrían multar al conductor. Algunas de las situaciones más sorprendentes emanan de los artículos 3.1, 17.1 y 18.1. Es decir, aquellos que advierten de conducir con diligencia y preocupación, sin temeridad, en condiciones de controlar su vehículo, así como el campo necesario de visión o mantener la posición adecuada. Por ello, tanto Mossos d'Esquadra como Guardia Civil, Policía Nacional o policías locales, podrían multarte por unos diez motivos diferentes.

Las diez multas de la DGT que nadie sabe

El Código de Circulación especifica en estos artículos citados algunos detalles que quizás son desconocidos por muchos de los conductores. De hecho, discutir en el coche no es recomendable pero si además quitas la vista de la carretera podría convertirse en una infracción sancionable por los cuerpos de seguridad. Estas distracciones también incluyen morderse las uñas, darse un beso entre el conductor y el acompañante, así como cualquier gesto obsceno hacia otro conductor. También comporta un pago de hasta 100 euros si te gusta conducir agarrando el volante con una sola mano o si llevas el brazo por fuera de la ventanilla, estos hacen referencia al artículo 18.1 sobre mantener la posición adecuada.

Si hace calor, mejor que pongas el aire acondicionado. Esto es, básicamente, porque conducir sin camiseta, con chancletas, bañador o sin zapatos está penado con una multa de entre 80 y 200 euros. Misma cantidad con la que te pueden sancionar si decides maquillarte o comer y beber algo mientras conduces. Pero tranquilo, además de estas que parecen, teóricamente, lógicas, hay otras todavía más estrambóticas que, quizás, nunca te habías planteado hacer al volante. Sin embargo, las que alteran o ponen en peligro los preceptos incluidos en los artículos 3.1, 17.1 y 18.1 del Código de Circulación vigente son los que se han mencionado hasta ahora.

No pongas la música muy alta, pero utiliza el claxon

La música en el coche es legal y una buena forma de mantener la motivación y no desfallecer en trayectos muy largos. Pero, cuidado con el volumen, si está demasiado alto a según qué horas del día o cerca de hospitales o residencias de personas mayores, puedes ser sancionado con entre 80 y 100 euros. Siguiendo con el tema musical, otra de las multas que pueden llegar hasta los 90 euros es llenar el depósito en una gasolinera con el móvil o la radio funcionando, cosa que ya se especifica en la mayoría de gasolineras de España con pegatinas o señales.

Cuando llega la primavera todo el mundo quiere ser el primero en pisar la playa, pero cuidado al aparcar sobre la arena: es un espacio protegido y quizás, de ser visto por un policía, tendrías que pagar hasta 6.000 euros. Tampoco circules muchos metros por el carril izquierda de forma injustificada. Es decir, no vayas por el centro en la autopista si no hay tráfico, a no ser que quieras conseguir una papeleta negativa por valor de 200 euros. Por último, el claxon. Está prohibido dentro de los núcleos urbanos, aunque si no se utiliza en casos contemplados por la ley como una emergencia o para evitar un accidente se te puede imponer una sanción de 80 euros. Todas estas normas desconocidas, no obstante, tienen fácil prevención.