Las cuentas compartidas son una de las mejores opciones para gestionar la economía familiar de forma conjunta, ya que permite tener varios titulares, los cuales pueden disfrutar del dinero de la cuenta de forma indistinta. No obstante, este tipo de cuentas, dependiendo del régimen que tengan, pueden desencadenar serios problemas entre los propietarios, e incluso acabar en los tribunales. Por este motivo, el Banco de España advierte sobre los riesgos que conlleva el hecho de tener cuentas compartidas, para que las personas interesadas cuenten con toda la información necesaria antes de tomar la decisión de compartir una cuenta o no. 

Las cuentas compartidas de disposición conjunta pueden entorpecer algunas operaciones

Las cuentas compartidas resultan muy cómodas para familias, matrimonios, compañeros de piso o socios de negocio, por ejemplo. Existen distintos tipos de cuentas compartidas o cuentas a medias, como por ejemplo las cuentas compartidas de disposición conjunta, y las cuentas compartidas con régimen de disposición indistinto.

En el caso de las cuentas de disposición conjunta, siempre se requiere la autorización o consentimiento de todos los titulares para realizar cualquier tipo de transacción. Este hecho puede generar problemas si los demás propietarios, por el motivo que sea, no pueden autorizar la operación, retrasándola y alargando el proceso, y que puede suponer un verdadero problema en caso de que la transacción responda a una situación urgente, por ejemplo. También puede entorpecer la operación el hecho de que los titulares no estén de acuerdo con la misma, ya que su autorización sigue siendo necesaria. 

Las cuentas compartidas con régimen de disposición indistinto, las más problemáticas

Por otro lado, en el caso de las cuentas con régimen de disposición indistinto, los titulares pueden ejecutar todo tipo de movimientos sin necesitar la autorización de los demás propietarios. Es este detalle, precisamente, el que puede generar trifulcas cuya única solución se encuentra en los tribunales, un proceso que la mayoría de personas querrían evitar por su duración y pesadez. Uno de los titulares puede gastar el saldo de la cuenta, dejarla al descubierto, o contratar un crédito sin consensuarlo con los demás titulares, y salirse airoso, puesto que al estar en régimen de disposición indistinto no necesita el consentimiento de todos. 

En caso de tener una cuenta a medias con régimen de disposición indistinto, y que suceda alguna de las situaciones nombradas anteriormente, el problema únicamente puede solucionarse en los tribunales. Esto se debe a que los bancos no pueden posicionarse ni decantarse por un titular u otro, ya que no disponen de toda la información que les permita valorar la situación. Por este motivo, infórmate bien y asegúrate de las personas con las que quieres compartir tus cuentas.