Hacienda está estos días en boca de todos ante la inminente declaración de la renta anual 2021 que aterroriza a todos los ciudadanos. En los últimos meses, además, la Agencia Tributaria ha puesto en el punto de mira al dinero en efectivo para evitar el blanqueamiento de capitales y la financiación del terrorismo, entre otros delitos. Sin embargo, mucha gente sigue optando por acumular dinero en efectivo, como se hacía antes de Bizum y de los pagos con tarjeta contactless.
Hacienda avisa sobre el dinero que podemos llevar encima
Y Hacienda avisa acerca de estos movimientos en efectivo que, de ser muy grandes, pueden traernos problemas si no podemos demostrar la legalidad del dinero. De hecho, este es el único requisito que la Agencia Tributaria establece para guardar los ahorros en casa. Y es que eso de guardar fajos de billetes debajo del colchón suena a película, pero hay quien aún lo hace, y de momento, es totalmente legal y no supone ningún problema.
Eso sí, tendremos que poder demostrar la procedencia lícita de todo ese dinero que acumulamos, además de declararlo a la institución pública. En caso de no poderlo probar, podríamos enfrentarnos a varios delitos por tener ingresos sin declarar o de proveniencia dudosa. También es peligroso almacenar grandes cantidades en casa, ya que un robo podría acabar con los ahorros de nuestra vida, además de no tener rentabilidad al mantenerse fuera del flujo financiero del país, que nos expone a perder capacidad adquisitiva por la inflación.
En casa podemos tener dinero ilimitado: las condiciones
El que sí que está controlado es el dinero que podemos llevar por la calle, que se regula por la Ley 10/2010, de 28 de abril. La normativa determina una cantidad máxima que podemos llevar encima sin declararla, lo que supone una medida para la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. De acuerdo con esta ley, se podrá llevar un máximo de 100.000 euros en efectivo dentro de España.
Si llevamos una cantidad superior, será necesario declarar el trámite, tal y como indica el BOE: "Deberán presentar declaración previa [...] las personas físicas que, actuando por cuenta propia o de tercero, realicen movimientos por territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera". Igualmente, Hacienda tiene derecho a vigilar los ingresos que superen los 3.000 euros, que suponen una presunta ganancia patrimonial sin declarar de forma legal.
También se encontrarán bajo lupa las transferencias superiores a 10.000 euros, que supondrán un aviso de la entidad bancaria al Banco de España y a Hacienda, para que tengan constancia de ello y, en el caso de que lo crean necesario, investigar al respecto para evitar fraudes financieros. Cabe destacar, además, que, en plena campaña de declaración de la renta 2021, ya se han detectado estafas por correo electrónico para robarnos los datos e incluso dinero.