Nuevo caso de caza furtiva de pájaros protegidos en Catalunya. Los Agents Rurals han identificado y denunciado a una persona por la instalación en una finca privada en la comarca del Montsià (Tarragona) de veintidós trampas de tipo cepo camufladas para pillar aves. Pero el descubrimiento se produjo de manera totalmente accidental, en un principio, dado que los forestales estaban inspeccionando una quema de restos vegetales no apagada en el terreno y localizaron un pájaro curruca capirotada muerta al lado de una de las ratoneras. Según han informado desde el cuerpo, la captura de especies protegidas así como el uso de trampas no selectivas son delitos que pueden comportar multa, prisión e inhabilitación para esta práctica.

Inspección de toda la finca

Los Agentes Rurales, ante el pájaro muerto, inspeccionaron toda la finca localizando veintidós cepos instalados y un total de seis aves muertas. Estas eran una curruca capirotada, tres verderones, un tordo común y un petirrojo. Todos los animales hallados, a excepción del tordo, pertenecen a especies de fauna salvaje autóctona protegidas en Catalunya por el Decreto Legislativo 2/2008. Pero además tanto el petirrojo como la curruca capirotada están incluidas en el Listado estatal de especies silvestres en régimen de protección especial (Real Decreto 139/2011), como especies "merecedoras de una atención y protección particular por su valor científico, ecológico y cultural, singularidad y rareza".

Una vez realizado el inventario de los pájaros, tocó el de las trampas. El tipo cepo que este furtivo utilizaba para matar aves son totalmente ilegales y los plantan, mayoritariamente, en periodos de frío, cuando escasea la comida disponible. Las trampas se colocan parcialmente enterradas, generalmente en campos de olivos, con algún tipo de cebo. En el momento que el animal se acerca, se activa y se cierra, produciendo la muerte, algunas veces lenta, del gorrión. Las rateras están prohibidas tanto en la legislación catalana como en la española.

El uso de rateras, además, está recogido como delito en el artículo 336 del Código Penal, independientemente de la especie abatida. Sin embargo, en el caso del pájaros protegidos, según el artículo 334, comportaría una pena de prisión de seis meses a dos años o una multa de ocho a 24 meses. También una inhabilitación por cazar de dos a cuatro años. Ahora, tras la denuncia de los Agents Rurals, solo queda esperar para ver qué sanción impondrán al furtivo del Montsià.