Siempre hay esta duda: ¿si no me envían la multa de tráfico a casa lo tengo que pagar? Pues quizás sí o no, todo depende de algunas variables. Primero se tienen que tener en cuenta los plazos para que la sanción prescriba y después el tipo de gravedad de la infracción. La Dirección General de Tráfico (DGT) puede archivar el expediente sin imponer ningún tipo de multa, según explica autopista.es citando a la asesoría jurídica Legalitas, si durante un determinado periodo de tiempo la administración no lleva a cabo la notificación correspondiente ni hace alguna acción.

¿Cuánto tiempo tengo que esperar para conseguir la prescripción de la multa?

Pero, por ello, se tiene que estimar cuáles son los plazos de prescripción de las multas de tráfico. Así, pues, en el caso de las sanciones de circulación depende de la gravedad de la infracción. En el caso de las leves, se archivaría después de tres meses, mientras que las graves o muy graves se haría en los seis. No obstante, si se impone la sanción la prescripción será de cuatro años para las que impliquen el abono de un cierto importe monetario y de un año para las que no se tenga que pagar.

Sin embargo, la interrupción de la prescripción también se posible si durante el plazo señalado se produce una acción o actuación del organismo sancionador recogida en el expediente y notificada al denunciado. Este paréntesis solo puede darse si se entrega la notificación de la denuncia en el momento, posteriormente al domicilio, a través de la Dirección Electrónica Vial o por su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Para calcular si la multa puede prescribir, primero se tiene que empezar a contar desde el día con que se cometió la infracción vial. No obstante, hace falta tener en cuenta que si la notificación o las acciones en el expediente quedan interrumpidas y después vuelven a realizar una actuación sancionadora, el plazo vuelve a iniciarse desde cero. Es decir, la anulación de la multa o el proceso duraría entre tres y seis meses más.