Más cerca de juicio. La titular del juzgado de instrucción 13 de Barcelona ha procesado al futbolista Álvaro Aguado por un delito de agresión sexual  a una trabajadora del RCD Espanyol en la discoteca Opium de Barcelona, en junio  de 2024. Álvaro Aguado aseguró que fueron relaciones consentidas, y el club blanquiazul no activó ningún protocolo antiacoso. No obstante, la titular del juzgado de instrucción 13 de Barcelona ha concluido que hay "suficientes indicios" para juzgar a Aguado de agresión sexual, según la resolución avanzada por elDiario y comunicada por el gabinete de prensa del TSJC este jueves.

¿Cuáles son los indicios contra el futbolista?  La magistrada cita tres: "La declaración de la víctima,  que califica de"sincera"; la de testigos, y  el contenido del informe forense". La magistrada también ha impuesto al jugador una fianza de 5.000 euros por si tiene que indemnizar a la víctima. Ahora la Fiscalía y la acusación particular de la trabajadora tienen que responder si quieren llevar a juicio Aguado y las penas que le piden. Y entonces, el futbolista estará a un paso de juicio.

Una agresión en el lavabo

La magistrada Mª Isabel Hernando Vallejo expone que de las diligencias practicadas se desprende que a  las 5.00 horas del 24 de junio de 2024, en el lavabo de la discoteca Òpium, situada en el Paseo Marítimo de la Barceloneta, donde se celebraba el ascenso a primera división del Espanyol, Álvaro Aguado,  "que había ingerido alcohol (3 o 4 copas) estrechó los pechos y puso su mano en la vagina de la trabajadora por encima de su ropa, mientras bailaban, sin el consentimiento de esta quien también había ingerido previamente alcohol".

La juez añade que "en un momento dado bajaron a los lavabos y cerrados en un baño, la penetró vaginalmente, con fuerza, pidiéndole ella que parara sin éxito; igualmente él la empujó hasta su pene, practicándole sexo oral, todo esto sin preservativo. Cuando acabaron, él le dijo que salía primero del baño y que no se conocían". Y expone que a consecuencia de estos hechos, la denunciante ha presentado "sintomatología compatible con un trastorno por estrés postraumático compatible con los hechos denunciados, y tiene seguimiento psicológico".

"Recuerdos puntales"

En la resolución, la magistrada manifiesta que "la víctima se ha mostrado sincera al relatar los hechos vividos; así, ha reconocido no recordarlo todo, tener flashes y no ha podido proporcionar detalles de lo ocurrido, admitiendo en su declaración judicial tener recuerdos puntuales". Manifestó haber bebido y no estar acostumbrada a ello, haber fumado de cachimba.

Detalla que la denunciante "no pudo especificar con claridad si hubo forcejeo o no, (cree que no), si se usó preservativo o no, (cree que no), cuánto duró lo ocurrido en el baño". Según su versión, antes de llegar al baño, Aguado la cogió de la mano y la condujo hasta la parte de abajo, llegando a afirmar que en ese momento no sabía ni quién era el que la cogía ni a dónde iba, aunque recuerda que una persona de seguridad les dijo que no podían estar allí."

El precedente de Dani Alves

Un relato de hechos muy similar a la acusación contra  el exjugador del Barça Dani Alves, que  fue absuelto, después de dos años en prisión preventiva, y ser condenado a cuatro años de prisión en primera instancia. La Fiscalía y la acusación de la chica presentaros un recurso contra su absolución ante el Tribunal Supremo.