La sexta temporada de Crims continúa este lunes después del parón de Semana Santa. La serie de true crime que dirige Carles Porta en TV3 y que cada lunes hace reventar los audímetros se adentrará en un caso duro: el asesinato de un joven de unos 35 años, de un disparo en la cabeza, en el interior de su taxi, en Lloret de Mar. El juicio condenó a dos personas, de Sant Adrià, pero aún quedan dudas por resolver. ¿Quién ordenó el crimen? ¿O fue un error? Aunque dijeron que el objetivo era robar droga, los Mossos tienen claro que la víctima nunca tuvo relación con el narcotráfico. El caso se resolverá en dos capítulos. Alerta, este artículo contiene spoilers.
El asesinato de Paulino Cobo
El crimen de Paulino Cobo, ocurrido la madrugada del 1 de julio de 2002 en Lloret de Mar (la Selva), es uno de los casos más oscuros juzgados en la Audiencia de Girona. La víctima era Paulino Cobo Ortiz, un taxista de unos 35 años, separado y con hijos, que trabajaba de noche. Aquella madrugada, como hacía habitualmente, recogía clientes en la zona de ocio de la avenida Just Marlés. Uno de sus compañeros lo encontró hacia las cinco de la mañana, sentado en el asiento del conductor de su vehículo, con el motor en marcha, en la entrada de la urbanización Cala Canyelles. Tenía un disparo en la cabeza y murió en el hospital por la herida. Todo indicaba que había sido sorprendido, sin posibilidad de defenderse, y desde un primer momento se descartó el robo como móvil, ya que no le habían sustraído la cartera.
Según la reconstrucción de los hechos que posteriormente sostuvieron la fiscalía y las acusaciones particulares, el crimen había sido planificado. Iván Rodríguez y Francisco ‘Paquillo’ García, dos de los tres detenidos por los Mossos —los dos que llegaron a juicio—, se desplazaron desde Sant Adrià del Besòs hasta Lloret con el encargo de matar al taxista a cambio de una recompensa económica. Conocían sus hábitos y sabían dónde encontrarlo. Rodríguez subió al taxi haciéndose pasar por cliente y le pidió que lo llevara hasta Cala Canyelles. Una vez allí, sentado en los asientos traseros, le disparó un tiro en la cabeza que le atravesó el cráneo. Acto seguido, García lo recogió con su coche y ambos huyeron. Antes de marcharse definitivamente, se detuvieron en un descampado para enterrar el arma del crimen. Días después, según la investigación, cobraron entre 600 y 2.400 euros de los inductores, que nunca fueron identificados.
Iván Rodríguez y Francisco ‘Paquillo’ García a juicio
El caso tardó años en llegar a juicio. Personas del entorno de los acusados, como la pareja de García y el hermano de una conocida, fueron investigadas por haber ocultado información. De hecho, la mujer habría limpiado una camiseta manchada de sangre de Rodríguez, y el hermano habría alertado al acusado de que la policía lo buscaba.
El juicio, celebrado en enero de 2008 con jurado popular, incluyó decenas de testigos y peritos. Durante la vista, Iván Rodríguez admitió su participación en los hechos, pero negó ser el autor del disparo. Aseguró que le habían ofrecido participar en el crimen a cambio de droga o dinero y que su función era llevar a la víctima hasta el lugar acordado. Según su versión, una tercera persona, no identificada, fue quien disparó. Llegó a decir que todo aquello había sido una “trampa” para cargarle el muerto. Por su parte, Francisco García negó cualquier implicación, a pesar de incurrir en contradicciones, y defendió que aquella noche solo había coincidido con Rodríguez de manera casual.
Condenados los dos
A pesar de estas versiones, el jurado popular consideró probado que ambos habían participado en un asesinato por encargo y con alevosía. El veredicto, emitido por unanimidad, los declaró culpables de la muerte del taxista. También se concluyó que no había pruebas suficientes para condenar por encubrimiento a la pareja de García ni a su hermano, quienes finalmente quedaron absueltos.
Después del veredicto, el fiscal solicitó penas de 20 años de prisión para Iván Rodríguez y de 25 años para Francisco García por el delito de asesinato, además de añadir penas de 1 y 2 años respectivamente por tenencia ilícita de armas. Finalmente, García fue condenado a 22 años y 8 meses, y Rodríguez a 21, por colaboración con la justicia después de ser detenido. El caso quedó así cerrado judicialmente, con la confirmación de que la muerte de Paulino Cobo no había sido un acto fortuito ni un robo fallido, sino un crimen planificado y ejecutado a sangre fría por encargo. Lo que nunca se llegó a saber fue quién lo ordenó.
¿Y si fue un error?
Carles Monguilod, que ejerció la acusación particular de la familia de Cobo, quiso dejar claro durante el juicio que cualquier insinuación de los autores del crimen sobre una relación de la víctima con la droga era una falsedad. Durante el interrogatorio a los agentes de la DIC de los Mossos que llevaron el caso, estos aseguraron que, durante las diligencias posteriores al crimen, no encontraron ningún vínculo del taxista con el tráfico de drogas. No descubrir quién ordenó el crimen de Cobo hizo pensar que todo podría haber sido un error de los dos implicados en los hechos.