La DGT hace todo lo posible para mejorar la seguridad en las carreteras y evitar que se produzcan accidentes. En este sentido, para reducir los excesos de seguridad, ha instalado multitud de radares en las carreteras que nos multan si vamos más deprisa de lo que marca la ley, con sanciones que pueden llegar a los 600 euros y la retirada de seis puntos del carnet de conducir. Por eso, mucha gente, a veces incluso circulando correctamente, deja de acelerar o frena cuando ve que está a punto de pasar por el lado de uno de estos cinemómetros, sea fijo o de tramo.

Eso la DGT lo sabe y, por este motivo, con la intención de acabar con los que frenan antes de llegar al radar para que no los pillen y después vuelven a acelerar, de vez en cuando instalan los conocidos radares en cascada. Esta medida, que cada vez se está poniendo más de moda, consiste en colocar un radar móvil, normalmente una caja vacía, un poco antes del radar original, para que así, cuando el conductor pase y vuelva a acelerar, sea pillado por el cinemómetro real. El problema con el que se encuentra la DGT, sin embargo, es que en este caso, como en el primero, aunque sea en puntos diferentes, los conductores siguen frenando bruscamente, lo que puede suponer un peligro en la carretera.

La DGT quiere acabar con los conductores que frenan bruscamente

Cierto es que al frenar se evita exceder la velocidad y que el radar te multe, pero hacerlo de forma brusca puede provocar un gran peligro en la carretera. En el caso de llevar otro vehículo detrás, puede suponer un accidente por alcance. Y aunque la compañía aseguradora considerará culpable al conductor que iba detrás por no respetar la distancia de seguridad, desde la DGT creen que es igual de culpable el que va delante.

En este sentido, el reglamento de circulación estipula que, a la hora de frenar, está prohibido hacerlo de forma brusca, si no que se tiene que hacer dando unos golpecitos en el pedal de freno para que las luces parpadeen y los conductores que van detrás estén prevenidos. También se puede hacer sacando el brazo por la ventana y moviéndolo arriba y abajo. En caso de ignorar esta norma, la sanción puede ser de 200 euros y la retirada de entre dos y seis puntos del carné.