Pagar antes una multa no quiere decir tener una reducción de precio, al menos a partir de ahora. La Dirección General de Tráfico (DGT) ya no aplica la rebaja del 50% por pagar los 20 días naturales siguientes después de ser sancionado, lo que se conoce como "pronto pago". Las infracciones que si te pillan a los policías y que sí continúan con este descuento son el exceso de velocidad, el consumo de alcohol y drogas, no llevar puesto el cinturón de seguridad o utilizar el teléfono móvil al volante. No obstante, todavía hay muchas que quedan exentas. ¿Cuáles son?

Carnet de conducir o inhibidores de radar, entre las que pierden el descuento

La DGT, tal como explica el portal especializado autopista.es, también recuerda que en caso de recurso o alegación presentado después de haber pagado la multa durante el periodo voluntario para hacerlo, quedará sin efecto. Además, no se puede fraccionar o no aplazar el pago. Sin embargo, dicho esto, las sanciones en las que no aplica la reducción del 50% por pagar durante los primeros 20 días naturales hacen referencia especialmente a documentación o dispositivos tecnológicos. Así, pues, conducir vehículos que lleven instalados inhibidores de radar o mecanismos que puedan interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de tráfico es la primera y una de las principales que queda exenta de la reducción de precio por "pronto pago".

Pero no llevar en regla la documentación también es una de las que también nos puede dejar sin la rebaja. Falsear la identificación del conductor responsable de una infracción está entre ellas. Las últimas multas que quedan sin descuento hacen referencia a infracciones en la red vial. Por ejemplo, realizar obras en la vía sin autorización o sin señalizarlo correctamente, así como por no seguir las normas para las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial, no tienen descuento por pagar antes. Además, en el caso de interponer una alegación, como explica el medio citado, si te han puesto una multa que tiene una rebaja del 50% por pagar los primeros 20 días naturales tras ser notificado, pierdes automáticamente esta bonificación y tendrás que pagar el importe íntegro.