La Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto seis años de cárcel a un hombre que mató a otro apuñalándolo con un cuchillo jamonero por recriminarle que hubiese dado una bofetada a su pareja, unos hechos que ocurrieron en la madrugada del 25 de diciembre de 2019.
"Vuelvo y te mato"
Por conformidad de las partes la Audiencia considera probado los hechos: el acusado se encontraba junto a su pareja sentimental en la vivienda de la víctima en Navidad. En un momento determinado, el condenado comenzó a discutir con su pareja y le propinó una bofetada. El fallecido se lo recriminó y le conminó a que abandonara el domicilio, relata Efe. Félix G.N., el acusado, abandonó la vivienda, no sin antes dirigirse a la víctima para decirle "vuelvo y te mato".
Transcurridas unas horas, el condenado regresó al exterior de la vivienda y comenzó a vociferar. La víctima salió al exterior y, de nuevo, lo invitó a que se marchara.
Según la sentencia, en ese momento empezó una discusión entre ambos en el transcurso de la cual el acusado sacó un cuchillo jamonero de unos veinticinco centímetros de longitud e hizo "aspavientos" para alcanzar a la víctima, quien por su parte "le propinaba puñetazos y patadas" para defenderse.
No obstante, "en un despiste" de este último, el procesado, "con el fin de ocasionarle la muerte", consiguió acometerlo con el cuchillo jamonero y le dijo "un tajo vertical descendente dirigido a la cabeza".
El agredido intentó defenderse con su antebrazo izquierdo y el cuchillo impactó en esa zona con un fuerte golpe que le seccionó la vena basílica del antebrazo. La herida le provocó un shock hipovolémico y, en consecuencia, la muerte.
Consumo de alcohol y cocaína
Félix G.N. iba a ser enjuiciado por un jurado popular, pero la vista oral no se celebrará finalmente tras la conformidad alcanzada entre la Fiscalía, la defensa y el propio acusado, que ha sido condenado por un delito de homicidio con la atenuante analógica de consumo de estupefacientes. La Audiencia considera probado que el acusado estuvo toda la noche consumiendo alcohol y cocaína, lo que le mermó de forma "notoria" su capacidad volitiva, según la sentencia. Seis años de cárcel.
El magistrado-presidente del Tribunal del Jurado también prohíbe al encausado comunicarse y aproximarse a menos de 300 metros de los hermanos y la hija de la víctima, así como a la barriada de San Jerónimo, donde residen, durante siete años. Además, en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar con un total de 140.000 euros a los ocho hermanos y a la hija menor de edad del fallecido.