Con la bajada de las temperaturas todo el mundo ha rescatado ya el abrigo del fondo del armario. No es nada agradable subir al coche a primera hora de la mañana y pasar frío mientras se activa la calefacción, y es muy común dejarse el abrigo puesto para entrar en calor. Sin embargo, tenemos que ir con cuidado ya que la Dirección General de Tráfico (DGT) nos puede multar por conducir con esta prenda de ropa.

Desde la DGT han aclarado que no está expresamente prohibido conducir con el abrigo puesto, pero al mismo tiempo puede comportar una sanción a causa del riesgo que supone. Por una parte, alegan que puede dificultar las maniobras ante el volante y, por otra, que el cinturón pierde cierta efectividad cuando se pone por encima de esta prenda.

Incompatibilidad con el cinturón

Tener el cinturón de seguridad bien puesto es esencial para evitar que un accidente leve acabe en tragedia. La voluptuosidad de la mayoría de abrigos puede provocar que se genere una cámara de aire entre el cuerpo del conductor y el cinturón, reduciendo drásticamente la eficacia de este último. De esta manera, si un trabajador de la DGT te pilla con el abrigo puesto y considera que está limitando la conducción puede interponer una multa de hasta 200 euros conforme el reglamento de circulación vigente: "El conductor de un vehículo está obligado a mantener su libertad de movimientos para garantizar su seguridad como la del resto de ocupantes y de los usuarios de la vía".

La DGT también recuerda a los conductores cómo tiene que ir colocado correctamente esta herramienta de seguridad: "El cinturón se tiene que llevar sobre las partes duras del cuerpo, apoyado en la clavícula, a medio camino entre el hombro y el cuello, y sobre las crestas ilíacas de la pelvis, nunca sobre el abdomen". Y avisan de que el uso de cojines está prohibido, y que se tiene que prestar especial atención a no llevar el cinturón revirado.

Como saber si te han puesto una multa

Si no tienes claro si te han multado o no, la manera más efectiva de resolver esta duda es consultando directamente la página web de la DGT, a través de la App Mi DGT, aunque también se puede consultar presencialmente en sus oficinas. Desde este mes la DGT da la posibilidad de dejar de recibir las notificaciones por correo ordinario para empezar a utilizar un buzón electrónico. Este nuevo servicio, llamado Dirección Electrónico Vial (DEV) es opcional para las personas físicas, pero obligatorio para las empresas, las cuales se tendrán que registrar para recibir las notificaciones legales de Tráfico.