La Dirección General de Tráfico (DGT) evalúa las acciones de los conductores y establece un sistema de sanciones económicas y de puntos del carnet para los que no cumplen con las normas. Algunas de estas faltas pueden suponer la entrada en prisión de algunos infractores.

Las instituciones sancionan en función de la gravedad de las acciones de los conductores y de las consecuencias que tienen, o podrían tener, para los demás. De hecho, hay un sistema para catalogar las faltas y sus sanciones.

Este sistema comienza por las leves, multas de 100 euros máximo, graves, máximo 200 euros y tres puntos del carnet y las muy graves, con una sanción máxima de 500 euros y seis puntos del carnet. Existe un nivel superior en el que están las faltas que su ponen en un peligro extremo la seguridad del resto de usuarios de las calles y carreteras, estas son castigadas con penas de cárcel.

No se trata de actitudes que pueden ser producidas por un error o la falta de concentración, son acciones que son peligrosas de una forma deliberada. Este tipo de faltas suceden con más frecuencia de lo que pensamos y son castigadas de forma implacable y ejemplar. De hecho, un 2,3% de las personas que están en la cárcel fueron condenadas por este tipo de delitos.

Las sanciones que pueden mandarte a prisión

Conducir bajo los efectos del alcohol u otras drogas puede ser sancionado con el ingreso en prisión. Es una práctica que, desgraciadamente, se sigue produciendo muchas veces en nuestro país. De hecho, el alcohol está presente casi en un cuarto de los accidentes de tráfico. Si en un control se superan los 0,60 miligramos por litro o se registra una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos la pena será la misma que la de provocar un accidente mortal bajo los efectos de las drogas.

El exceso de velocidad es otra de las infracciones que puede mandar a una persona a prisión. En el caso de que superen en 60 km/h el límite en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana los conductores se enfrentan a una pena que puede implicar penas de prisión de hasta un año, además se les retirará el carnet de conducir durante un año que podría alargarse hasta los cuatro.

Control Mossos Trànsit / ACN

Control / ACN

La conducción temeraria también está catalogada en esta categoría superior a las faltas graves. En el caso de que se considere que no respeta ni su propia vida ni la de las demás personas que circulan por las carreteras la pena puede ser de hasta dos años de cárcel.

Otras sanciones por las que te pueden encarcelar

Conducir sin carnet por no haberlo sacado antes, por haberse quedado sin puntos o porque nos lo han retirado también supondrá una sanción ejemplar. Con penas de hasta seis meses de cárcel si se paga una multa o de hasta 12 o 24 meses en el caso de que no se pague la multa.

Arrojar objetos a la calzada con intención de estorbar, extraer señales de tráfico o lanzar sustancias peligrosas se considerará poner en riesgo la seguridad de los demás, por lo que será castigado con una pena de hasta seis meses de cárcel.

Negarse a someterse al control de drogas o alcoholemia por parte de las autoridades tendrá un castigo de seis meses a un año de cárcel. Además, se retirará el carnet a la persona infractora durante un máximo de cuatro años.