Una mujer y su hijo se han embolsado casi 149.000 euros aprovechándose de la muerte de su madre y abuela, respectivamente, en tanto que no comunicaron este detalle a la Seguridad Social, quien siguió pagando a la difunta la pensión cada mes. Los ahora detenidos cobraron este dinero durante 20 años, entre 1995 y en el 2015, hasta que fueron descubiertos por el Ministerio Público. La Fiscalía de Madrid pide para ellos una pena de 18 meses de prisión, además del reintegro completo de los 148.794 euros que obtuvieron de manera fraudulenta.

Aprovecharon el dinero para pagar deudas

Madre e hijo tuvieron conocimiento de la muerte de su familiar el 18 de noviembre de 1995, pero, contrariamente a lo que se tiene que hacer en estos casos, no lo comunicaron ni al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ni al Banco de Santander, donde la abuela tenía la cuenta corriente donde ingresaba la pensión por jubilación. En vez de eso, los dos acusados aprovecharon este dinero, principalmente, para pagar las deudas que el marido de la acusada, y padre del hijo, también detenido, había contraído los años anteriores.

Por otra parte, también extraían dinero en efectivo periódicamente, e incluso utilizaban la tarjeta bancaria de la abuela para realizar todo tipo de compras. Durante veinte años pudieron continuar con este fraude sin que nadie se diera cuenta, ya que los dos detenidos figuraban como cotitulares de la cuenta bancaria de la difunta. Finalmente, en noviembre del 2015, desde el INSS repararon en la estafa, y denunciaron madre e hijo a las autoridades. Los dos quedaron detenidos y puestos en libertad provisional mientras dure el proceso judicial. De los casi 149.000 euros que habían estafado al Ministerio Público, los acusados ya han hecho el abono de 111.544 euros. La Fiscalía, aparte del ingreso en la prisión de los detenidos, también pide la devolución de los 37.250 euros restantes en concepto de responsabilidad civil.

La muerte de un pensionista se tiene que comunicar durante los 30 días siguientes

Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social informan de que la defunción de un familiar que esté cobrando una pensión se tiene que comunicar en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) en un plazo máximo de 30 días después de que se haya producido la muerte. Para hacer esta gestión se tiene que llevar el certificado de defunción a uno de estos centros; las mensualidades ordinarias de la pensión se abonarán íntegras, incluida la del mes en el cual se haya producido la muerte del familiar.