Las compañías de seguros normalmente siempre se salen con la suya, pero no en esta ocasión, por insólita que parezca. Una mujer se contagió de una enfermedad de transmisión sexual (ETS) al mantener relaciones íntimas dentro de un coche asegurado, y reclamó una indemnización a la compañía. Ahora, el juez ha sentenciado que la compañía debe compensarla pagándole una indemnización millonaria

Los hechos se remontan al mes de febrero del año 2021, cuando una mujer de Missouri (Estados Unidos), de quien no ha trascendido información personal como su nombre o edad, mantuvo relaciones sexuales con su expareja en el coche de él, que estaba asegurado por la compañía estadounidense GEICO. Este encuentro provocó que la mujer se contagiara del virus del papiloma humano (VPH) y ella interpuso una demanda a la compañía de su expareja, reclamando un millón de dólares por los daños que un asegurado de su compañía le había causado. La compañía optó por ignorar la demanda, lo que provocó el efecto "Streisand" en la víctima y los tribunales que ha concluido, finalmente, en una indemnización millonaria

La mujer sostiene que el seguro de coche de su expareja le cubre los daños y lesiones

La compañía GEICO desestimó en un primer momento la demanda que la afectada había interpuesto. En esa primera demanda, la mujer mantenía que su expareja era quien la había contagiado con el VPH de forma "negligente" en el coche. El hombre, según relató la mujer al juez, no tomó medidas de precaución y no le reveló su diagnóstico, que ya era positivo. Además, la mujer sostenía que el seguro de coche de su expareja le brindaba cobertura por daños y lesiones. En este momento, la mujer únicamente reclamaba una indemnización de un millón de dólares (unos 950.000 euros)

El juez determinó que el hombre el encuentro en el coche "contribuyó a causar" la infección de la mujer

Al ignorar la demanda, el caso pasó al Tribunal de Apelaciones de Missouri, cuyo juicio ha tenido lugar esta semana y que le ha salido a perder a la compañía. El juez del Tribunal de Apelaciones consideró probado que el encuentro sexual que mantuvieron en el coche "causó directamente, o contribuyó a causar" que la mujer se infectara con el VPH por la negligencia que cometió su compañero, quien no utilizó protección y ocultó su diagnóstico, haciendo así inevitable que la mujer se contagiara. Por estos hechos, el tribunal sentenció que la compañía aseguradora GEICO debía compensar económicamente a la mujer, pagándole 5,2 millones de dólares (4.943.905 millones de euros). La empresa, entonces, presentó una moción y solicitó una nueva audiencia de pruebas, pidiendo también que se anulara la sentencia, ya que esta "violó los derechos de la empresa" y no se brindó un "trato justo" a la compañía durante todo el proceso. No obstante, el juez lo denegó. 

La compañía GEICO presentó entonces otro recurso que, finalmente, un panel de tres jueces también desestimó, confirmando, además, que la sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones de Missouri es correcta. El panel añadió también que la empresa no tenía derecho a litigar el caso, porque los daños fueron determinados y la sentencia, dictada. 

 
 
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