El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha sido claro y le ha dado la razón a la empresa, obligando a la trabajadora a devolver el dinero que le estafaron al negocio engañándola a ella. Pero no nos avancemos a los acontecimientos, y comencemos desde el principio. La mujer trabajaba en un salón de juego como auxiliar de sala con un contrato indefinido. Un día, mientras trabajaba, recibió una llamada de un supuesto repartidor de la empresa DHL que le reclamó un pago pendiente por un pedido que nunca se había llegado a cobrar, y que tenía un coste de casi 6.000 euros.

El falso repartidor había llamado al teléfono del local, pero rápidamente le dijo que colgara y le llamara desde su móvil. La mujer le hizo caso, estuvo hablando con él un rato y cuando colgó el estafador ya la había convencido de hacer el pago. La trabajadora cerró el local, cogió un taxi, fue hasta un cajero del banco e ingresó 3.800 euros que había sacado de la caja a la cuenta que le había dicho el ciberdelincuente. Ese mismo día, una compañera fue a comisaría para denunciar a su compañera, que se había comportado de forma extraña, y además sospechaba de ella porque la cuenta a la que había ingresado el dinero era de Colombia, el país de origen de la trabajadora que hizo el pago.

Obligada a pagar por saltarse las normas

Poco después, la empresa despidió a la mujer y le exigió que devolviera el dinero de la caja. Ella se negó y acabaron en juicio. Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dado la razón a la empresa por dos motivos: la trabajadora había incumplido varias normas muy claras y, además, había recibido una formación precisamente para evitar estafas. Según afirmó la empresa, la mujer tenía la indicación de no hacer ningún ingreso, de no cerrar el local ni de dar datos privados como nombres o números de teléfono, e incumplió las tres normas. De esta manera, la mujer ha quedado legalmente obligada a devolver los 3.800 euros que ingresó.