La Audiencia de Girona ha absuelto al acusado que se enfrentaba a 8 años de prisión por presuntamente agredir sexualmente a la hijastra de 12 años y con una discapacidad del 50% y amenazarla con un cutter en un domicilio de Calonge (Baix Empordà) el 31 de marzo del 2018. La sentencia recoge las grabaciones de una conversación de la menor con su madre donde afirmaba que se lo había "inventado" y una declaración en el juzgado de instrucción donde se retractaba de las acusaciones.

Absuelto acusado de abusar de la hijastra menor

La fiscalía acusaba al hombre ahora absuelto de un delito de agresión sexual a menor de 16 años agravado y solicitaba que le impusieran 8 años de prisión, 8 años de libertad vigilada y que indemnizara a la menor con 3.000 euros por los daños morales. La defensa, encabezada por el letrado Carles Monguilod, pedía la absolución.

Aunque al juicio en la Audiencia la menor aseguró que había retrocedido en su declaración forzada por la madre, el tribunal subraya que las "dos versiones" y la falta de más pruebas generan la "duda" sobre qué pasó "realmente": "El pronunciamiento de esta sala no puede ser sino absolutorio".

Agentes de Mossos d'Esquadra / Mossos d'Esquadra

La sentencia recoge que el procesado mantenía una relación sentimental con la madre de la denunciante y convivían juntos en un domicilio de Calonge. La niña tenía entonces 12 años y tiene una discapacidad por un trastorno ansioso evitativo de la personalidad y un trastorno de aprendizaje valorado en un 50%.

"No ha resultado acreditado que el 31 de marzo del 2018 el acusado se quedara solo con la menor ni que, prevaleciéndose de su condición de pareja sentimental de la madre, le ordenara que se dirigiera a su habitación y, una vez allí y con ánimo de satisfacer su deseo sexual, cerrara la puerta impidiéndole salir", expone la sentencia que añade que tampoco se ha probado que, ya dentro la habitación, retirara la tira de la camiseta a la niña, le diera un beso en el hombro y la intentara desnudar.

El tribunal también descarta que, con la intención de atemorizar a la niña, el acusado cogiera un cutter y amenazara a la menor diciéndole que la mataría si explicaba a alguien lo que había pasado.

Versiones opuestas y déficit de pruebas

La menor ratificó la primera denuncia pero la Audiencia expone que tanto en las grabaciones de una conversación con la madre aportadas a la causa como en una declaración posterior que hizo en el juzgado de instrucción "negó que sucedieran". Al final de la vista, Monguilod subrayó que, en este caso, no sólo no había pruebas que confirmaran una agresión sexual sino que, por el contrario, había pruebas que la rebatían, relata la ACN.

"Nos encontramos ante dos versiones de los hechos dadas por la denunciante, cosa que plantea la duda sobre cuál se corresponde con aquello que realmente pasó, sin que esta sala haya podido determinar con llena y absoluta contundencia cuál es la verdadera", arguye la sentencia.

La sentencia también argumenta que, a la hora de analizar la declaración de la menor, tampoco puede obviar "la situación de enfrentamiento existente entre el padre por una lado y la madre y su pareja por otro" y apunta que la niña cambió de versión en función del progenitor con quien estuviera y afirmando que el otro lo había forzado a decirlo. El tribunal asume que la menor dio "dos versiones de los hechos" totalmente opuestas.

Así pues, la sentencia concluye que el "déficit" de pruebas en este caso "es notorio e impide enervar la presunción de inocencia del acusado". Aparte de la absolución la sentencia también deja sin efecto las medidas cautelares adoptadas por el juzgado de instrucción a lo largo del procedimiento. La sentencia no es firme y se puede recurrir interponiendo recurso al TSJC.