El futbolista del Celta Santi Mina ha sido condenado a cuatro años de prisión por abusar sexualmente de una mujer en Mojácar (Almería). Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) este miércoles, afianzando así la resolución previa en la Audiencia Provincial de Almería. Pese a ello, el magistrado ha estimado parcialmente su recurso y ha rebajado la indemnización a la víctima por daños morales de 50.000 a 25.000 euros.
Mina asaltó a la mujer cuando esta mantenía relaciones con un amigo
El delantero, que se reincorporó el pasado miércoles a los entrenamientos del Celta, equipo con el cual tiene una temporada más de contrato, ha sido condenado por unos hechos que el TSJA ha considerado probados de la resolución de la Audiencia de Almería. La sentencia relata que los abusos sexuales se produjeron en julio de 2017 en una furgoneta "camperizada" que estaba estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar, donde pernoctaban y viajaban los dos acusados con otros dos amigos. El otro presunto autor de los hechos, sin embargo, ha quedado absuelto: su amigo y también futbolista David Goldar. De él se asegura que presenció los hechos al ser con quien mantenía relaciones sexuales la víctima cuando se produjo el asalto por parte de Mina.
La nueva condena del TSJA, que rebaja la indemnización a la mujer víctima de abusos sexuales, solo suprime la frase "el concepto de superioridad", al considerar que no hubo consentimiento de la víctima, dado que ni los relatos de los hechos ni de la fundamentación jurídica de la sentencia de la Audiencia de Almería "hay ninguna mención expresa que la víctima consintiera alguno de los actos abusivos descritos". El alto tribunal andaluz, además, ha rechazado los motivos de apelación del condenado, en los cuales indicaba que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva porque la sentencia anterior no fue imparcial al valorar las declaraciones de la víctima y que existieron contradicciones en estas. Precisamente, en este punto, ha asegurado que "no hay contradicciones relevantes en los aspectos esenciales".
Lucha por la indemnización entre condenado y víctima
Con respecto a la indemnización por daños morales, la víctima pedía que aumentara desde los 50.000 que recogía la sentencia del Audiencia Provincial de Almería hasta casi 117.000 para resarcir el daño y su afectación a su vida cotidiana, mientras que el condenado pedía que se redujera hasta los 2.000 euros, quedando fijada por el TSJA en 25.000 euros. En este sentido, la sentencia explica que tiene que mantener el criterio de proporcionalidad establecido por la sala con supuestos de las mismas características y tener en cuenta factores objetivos como la fugacidad de la conducta enjuiciada, el deseo manifiesto de la víctima a su primera declaración judicial de no percibir indemnización y la entidad de las secuelas reflejadas en el informe pericial de la psicóloga forense.