La Audiencia de Girona ha absuelto al acusado de amputar parte de un dedo de un mordisco a un hombre en Sant Feliu de Guíxols (Baix Empordà) durante una pelea que empezó por una disputa por el alquiler de una embarcación, el 14 de agosto del 2018. La sentencia concluye que actuó en "legítima defensa" y para intentar "librarse" del otro procesado, que le había rodeado el cuello con un brazo, presionando con fuerza, ahogándolo e impidiendo que pudiera respirar: "Como única forma posible de deshacerse del ahogo, le mordió el dedo de la mano, consiguiendo que el otro acusado lo liberara". La Audiencia condena a este acusado por un delito leve de lesiones y le impone una multa de 180 euros. También le tendrá que indemnizar con 245 euros.

El magistrado da la razón al acusado

El acusado que mordió el dedo a su agresor hasta amputarle se enfrentaba a 4 años de prisión por un delito de lesiones con deformidad. Es la pena que le reclamaba la acusación particular. La fiscalía como su defensa, encabezada por el letrado Carles Monguilod, sostenían que actuó en legítima defensa, relata ACN.

Uno de los dos acusados de la pelea en Sant Feliu de Guíxols / ACN

Uno de los dos acusados por la pelea en Sant Feliu de Guíxols / ACN

La sentencia recoge que hacia las cuatro de la tarde del 14 de agosto del 2018 los dos hombres se encontraron en la zona del puerto. El procesado que ha quedado absuelto acompañaba a un amigo suyo, que se encargaba del alquiler de una embarcación recreativa a una familia, donde había el otro acusado. El problema llegó cuando la familia descargó unas cañas de pescar del vehículo: "Les advirtieron que no podían hacer uso al no estar permitido".

Aquí se originó una discusión verbal con "recriminaciones mutuas". "Finalizada la discusión, y cuando la situación aparentemente se había tranquilidad", el hombre se abalanzó sorpresivamente sobre el procesado, a quien rodeó el cuello con un brazo y presionó con fuerza. La sentencia argumenta que morderle el dedo fue "la única manera posible" que tuvo para "liberarse" de un ahogo, porque el otro procesado lo tenía sujetado por el cuello con una mano y le impedía "respirar" mientras con la otra mano "le arañaba y golpeaba la cara".

Aplazado el "mundo ideal"

La sentencia sostiene que "en un mundo ideal" al acusado se le podría reprochar que "antes de morder el dedo de su agresor, no hubiera intentado una defensa menos lesiva": "Pero la sala no puede ni pretende situar el baremo en un mundo ideal en el cual los hechos se tengan que valorar fríamente desde la serenidad que puede dar contemplarlos desde un despacho".

Mossos d'Esquadra / Mossos d'Esquadra

Mossos d'Esquadra / Mossos d'Esquadra

Y aquí argumenta que todos los testigos apuntan que no había manera de separarlos y que la agresión no acabó hasta que lo mordió con fuerza. "Es indudable la eficacia de la acción defensiva", expone el tribunal que también recoge la diferencia de edad (unos 15 años) entre los dos procesados y de corpulencia física.

Versión de la víctima

La Audiencia no se cree la versión del otro acusado, que dijo que "forcejearon" y que la pelea había empezado porque el procesado los increpó y se enfrentó con su padre: "Sus familiares, en un intento comprensible de presentar una versión de los hechos favorable a él, han relatado que utilizó expresiones insultantes y amenazantes, pero la sala no ha llegado a este convencimiento".

Por eso, el tribunal aplica a uno de los hombres una eximente completa de legítima defensa y lo absuelve. Se libra de la prisión y tendrá que pagar la multa y la indemnización. El otro procesado –el autor del ahogamiento- lo condena también por un delito leve de lesiones, imponiéndole una multa de 180 euros.

Como resultado del mordisco, el procesado sufrió la amputación total de una falange.